Publicada la sentencia del Tribunal Supremo en relación con la impugnación presentada por la Universidad de Granada contra el Real Decreto 1614/2009, se ha estimado en parte, señalando que no es apropiada la denominación de Grado al no figurar dicha denominación en la LOE al referirse a las enseñanzas artísticas superiores. La sentencia desestima todas las demás impugnaciones de dicha universidad al mencionado decreto.
La CEA considera que se trata de un problema en la denominación del título sin que afecte a la legitimidad de las enseñanzas. Por ello instará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a reformar el capítulo correspondiente de la LOE o bien a proponer una denominación específica para los grados en enseñanzas artísticas que emanan de la LOE.
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